La Comisión de Justicia de la Cámara de
Diputados acordó modificar más de 75 artículos del Código Procesal Penal
(CPP), entre ellos solo dictar prisión preventiva a quienes cometen
hechos graves. Igualmente, incluyeron en la modificación que no se
solicite conciliación para los casos de violencia intrafamiliar y
modifican la condición de mujer en lactancia para que se le dicte
prisión preventiva.
La modificación de los artículos es parte de
un consenso de los legisladores, quienes se reunieron todo el fin de
semana en Puerto Plata, lencuentroq ue fue presidido por el diputado
Demóstenes Martínez, de Santiago, por el Partido de la Liberación
Dominicana (PLD), revisando artículo por artículo, el CPP y conociendo
las propuestas de su modificación.
La pieza sometida en un
proyecto de ley presentado por el diputado Víctor Suárez (Santiago,
PLD), vocero del bloque de diputados del PLD, fue previamente discutida
con diversos sectores de la sociedad e instituciones tanto del sector
público como privado, agrupadas en la Comisión Nacional de Ejecución de
la Reforma Procesal Penal (CONAEJ).
Durante el encuentro los
diputados consideran que la prisión preventiva a quienes cometen hechos
graves es el mayor aporte al endurecimiento del CPP.
Ante una
iniciativa presentada por el diputado Henry Merán (San Juan, PLD) la
Comisión decidió modificar el artículo 234 sobre la Prisión Preventiva
para ampliar su ámbito de aplicación obligatorio, en caso de proceder, a
los crímenes más graves y aberrantes que sanciona el Código Penal
Dominicano.
Igualmente, por iniciativa de los diputados
perredeístas Víctor Gómez Casanova y Cristian Paredes, se introdujo un
nuevo párrafo al artículo 229 sobre el peligro de fuga, que establece
que el Ministerio Público estará obligado a requerirle al juez dictar
prisión preventiva a aquellos imputados que sean presentados por la
violación de la ley, teniendo medidas de coerción impuestas
anteriormente.
Al motivar las presentaciones de sus propuestas,
los diputados señalaron que “de esta manera, se garantiza un
fortalecimiento del procedimiento de la aplicación de justicia en
nuestro país, para evitar que ciudadanos que hayan violado la ley,
puedan burlar el proceso y que luego de ser puestos en libertad
condicional o medidas de coerción leves, vuelvan a cometer hechos
violatorios a la ley.” Por otro lado, las legisladoras que participaron
en la discusión de las modificaciones al CPP sostienen que a la
condición de mujer en lactancia se le puede dictar prisión preventiva,
tras considerar que el Código Laboral solo contempla permiso pos
embarazo de tres meses.
Señalan que actualmente, el CPP establece
que no se podrá dictar prisión preventiva a mujeres en lactancia, lo que
permite que una considerable cantidad de mujeres cometan violaciones a
la ley y mantengan su libertad sobre la excusa de lactancia.
Los
legisladores estuvieron asistidos por un personal técnico de apoyo
integrado por los abogados Marcos Cruz como y Lidia Medina.
lunes, 26 de septiembre de 2011
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)


No hay comentarios:
Publicar un comentario