España y la nueva Ley de Extranjería
Por: Agustín Mercedes Moscat
El congreso de los diputados español aprobó la nueva Ley Orgánica de Extranjería.
Estas son algunas de las reformas más significativas:
1) Internamiento de extranjeros. Los extranjeros que se hallen en situación irregular podrían ser sometidos a un período de internamiento de 60 días, prorrogable otros 10 días en casos excepcionales siempre que el juez lo autorice. Hasta ahora el período máximo de internamiento era de 40 días.
2) Reagrupación Familiar. Los inmigrantes con autorización de residencia y trabajo renovada podrían reagrupar a su cónyuge o pareja de hecho, y a los hijos de ambos menores de 18 años. Para reagrupar a sus ascendientes deberán tener una autorización de residencia permanente o de larga duración y tener los ascendentes más de 65 años. Mayores de 16 años. Los hijos mayores de 16 años y el cónyuge o la pareja de hecho reagrupados tendrán autorización de trabajo automáticamente.
3) Sanciones. Se aumenta las sanciones económicas. Las leves pasan de 300 a 500 €, las graves de 6.000 a 10.000 € , y las muy graves de 60.000 a 100.000€
- Explotación laboral. Además de abonar la multa correspondiente, los empresarios que contraten a extranjeros en situación irregular deberán asumir los gastos que ocasione su repatriación. También serán castigados con multas de entre 10.001 y 100.000 € por cada inmigrante quienes simulen una relación laboral con un extranjero para lograr su regulación.
- Matrimonios de conveniencia. Contraer matrimonio con ánimo de lucro o para proporcionar a un extranjero la autorización de residencia será castigado con multas de entre 10.001 y 100.000 €.
- Una persona que empadrone a un extranjero en su domicilio y realmente no viva en dicho domicilio será castigado con multas de 501 hasta 10.000 €
4) Expulsiones. La prohibición de entrada en el país durante un período de hasta 10 años que acarreaba la expulsión de los extranjeros en situación irregular queda reducida a 5 años. Los inmigrantes sorprendidos en situación irregular que, a juicio de la autoridad gubernativa no ofrezcan riesgo de fuga tendrán un plazo de entre siete y 30 días para retornar voluntariamente a su país de origen. Si cumplen el compromiso, podrá ser revocada en el país que hasta ahora acarreaba toda expulsión.
5) Centros de internamientos. Las ONGs, que hasta ahora tenían prohibida la entrada en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIES), podrán acceder a las instalaciones si lo solicitan los internos.
6) Derecho a la educación. Se garantiza la educación para todos los extranjeros (en situación regular o en situación irregular) menores de 18 independiente de su nivel académico. Hasta ahora sólo estaba garantizada la “ESO” ó Educación Secundaria Obligatoria.
7) Asistencia jurídica. Los extranjeros irregulares tendrán derecho a asistencia jurídica gratuita, que hasta ahora quedaba restringida a los residentes en situación regular.
Esta es la cuarta reforma a la Ley Orgánica de Extranjería, y otras tantas, al Reglamento, en un intento de controlar los flujos migratorios, cuando sabemos que la inmigración representa en la actualidad una de las prioridades en la política de todos los países europeos.
Es una pena que con estas reformas, y aun entendiendo que un Estado deba controlar y regular la inmigración, retrocedan los Derechos Humanos de los ciudadanos(as) que no han nacido en España y a los que se tiende a criminalizar.
Seguramente nuestros legisladores y gobernantes no han tenido nunca que vivir la experiencia de la inmigración irregular, ni sentir la necesidad de emigrar para asumir su responsabilidad de mantener a sus familias, ni que no importe perder la vida en una patera porque lo que se deja atrás es peor que la muerte.
No pretendo hacer demagogia, una cosa es controlar la inmigración, y otra muy distinta entrar en: locutorios, restaurantes, casas de envíos de dinero, en el metro, para apresar a inmigrantes en una verdadera casería donde la “perdiz” es el extranjero irregular.
Tal vez debamos matizar la línea divisoria en lo humano entre los ciudadanos autóctonos y los ciudadanos no españoles, no vaya a ser que como van las cosas, en un futuro no lejano tengan que volver a emigrar…
El autor es Asesor jurídico y dirigente del PRD en Madrid.
el_agus75@hotmail.com
lunes, 9 de noviembre de 2009
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